A- de 2019
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Aimer Serrano Serrano·Demandado Juzgado Primero Penal Del Circuito Especializado De Bucaramanga
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Los únicos factores de competencia en materia de tutela son el territorial, el subjetivo y el funcional
- Competencia residual para dirimir conflictos de competencia
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, Sala Penal y el Tribunal para la Paz, Sección de Revisión, Subsección Primera de Tutelas.
La controversia se generó en torno a las diferentes interpretaciones que hicieron las autoridades involucradas respecto del factor subjetivo.
La Corte considera que el Tribunal Superior se equivocó al considerar que la autoridad competente para resolver la acción de tutela era el Tribunal para la Paz, por cuanto no fue formulada expresamente contra los órganos de esta jurisdicción, ni tuvo fundamento en acciones u omisiones realizadas por los mismos, ni se cuestionaba una providencia judicial proferida por éstos, de conformidad con lo previsto en el artículo 8º transitorio del Título Transitorio de la Constitución.
Se dirime el asunto con la remisión del expediente al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, Sala Penal, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 15 de mayo de 2019 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga -Sala Penal-, mediante la cual se declaro sin competencia para definir de fondo la accion de tutela formulada por el ciudadano Aimer Serrano Serrano, en contra de los Juzgados
- Primero. Penal del Circuito Especializado y
- Tercero. Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga, (Santander) y
- Primero. Promiscuo Municipal de Cimitarra, (Santander).
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3667 al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga -Sala Penal- que contiene la accion de tutela presentada por Aimer Serrano Serrano, para que, de manera inmediata, tramite y decida de fondo respecto del amparo solicitado. .
- Tercero. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Tribunal para la Paz, Seccion de Revision, Subseccion Primera de Tutelas, la decision adoptada en esta providencia, asi como a la parte accionante del tramite de tutela.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.